viernes, 22 de agosto de 2008

Viejas Denuncias

Demandan a Minera Alumbrera por contaminación

Varios pobladores que vivían a orillas del río Vis-Vis, en Catamarca, aseguran haber sido perjudicadas por la explotación de oro más grande de Argentina, Bajo La Alumbrera.
Las viviendas de los demandantes se encuentran 2 kilómetros abajo del dique donde se descarga material contaminante. Piden un resarcimiento porque debieron irse del lugar. "La calidad del agua provocaba a toda la familia dolores estomacales, diarrea, diarrea con fiebre y vómitos", denuncian Juana Rosalinda Flores y Manuel Horacio Salas. "Los animales que criaban, principalmente cabras, murieron. La explotación minera provocó el despojo de su lugar de residencia", agregan sus abogados.
El secretario de Minería, Raúl Doering, aseguró que ningún emprendimiento minero de la provincia contamina el ambiente.Publicado por El Ancasti

La empresa Minera Alumbrera, que explota el yacimiento Bajo La Alumbrera, fue demandada civilmente por dos antiguos pobladores de la zona del río Vis-Vis, en Andalgalá, quienes aseguran que debieron retirarse del lugar en el que sus familias vivieron desde "tiempos inmemoriales" a raíz de la contaminación producida por la actividad de la firma. La presentación incluye una serie de estudios científicos que demostrarían el incremento de elementos nocivos en las aguas del río a raíz de las filtraciones en el dique de cola, cuyos peligrosos residuos drenarían hacia la cuenca del Vis-Vis y producirían un daño irreparable para el ecosistema de la zona.

Juana Rosalinda Flores y Manuel Horacio Salas vivieron toda su vida sobre las márgenes del Vis-Vis, unos dos kilómetros más abajo del lugar en que Minera Alumbrera construyó el dique de cola, donde descarga el material contaminante, y una estación de retrobombeo que supuestamente devuelve lo que se filtra. Pero tuvieron que irse a fines de 2002.

De acuerdo con lo que sostienen en la demanda civil, que se tramita en el Juzgado Federal, la llegada de la empresa los perjudicó en primer lugar económicamente, porque les impidió continuar comerciando con Farallón Negro, en Belén, y destruyó los rastrojos en los que cultivaban al construir el mineraloducto, con lo que la finca "fue virtualmente arrasada sin ningún reparo o respeto por la propiedad ajena".

"Desde que empezó la actividad por parte de la empresa Minera Alumbrera, la demandada destruyó los rastrojos, en los cuales se desarrollaba la actividad agrícola, ello en virtud de la colocación del mineraloducto que se extendía próximo al lugar donde se asentaba la casa de la familia Casas-Flores. Comenzaron también con la instalación del dique de colas, los problemas por la contaminación del agua del río Vis-Vis, agua de la que bebían normalmente y la que también abrevaban los animales", explicaron los abogados en la denuncia.

"La calidad del agua provocaba a toda la familia de nuestros mandantes dolores estomacales, diarrea, diarrea con fiebre y vómitos", agregan. Los animales que criaban, principalmente cabras, murieron. De tal modo, la explotación minera provocó "el despojo o abandono de su lugar de residencia, como consecuencia del daño, del aislamiento y la contaminación del agua a la que fueron sometidos".

El gobernador de Catamarca, Brizuela del Moral, salió a jugar fuerte: -
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Mensaje de Brizuela del Moral a las empresas mineras: "El control ambiental es política de Estado para la Provincia". Lo expresó durante el acto del 346 aniversario de la fundación de Andalgalá. Dijo que la ley de regalías saldrá "en un mes o dos" y anunció obras.
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En Andagalá, Brizuela del Moral dijo que "El tema ambiental que hoy genera muchas polémicas y discusiones no es discutible. Son mis instrucciones a los organismos competentes que se de estricto cumplimiento a la legislación nacional y provincial en lo referido a este tema, el que debe ser indudablemente política de Estado".Estudios

En septiembre de 2002, Casas realizó una denuncia penal por usurpación en contra de Hernando Lisiak, de la Gerencia de Asuntos Corporativos de la firma, luego de que éste se presentara para intentar un arreglo. La demanda civil es posterior y hace especial hincapié en las filtraciones del dique de cola, que serían el origen de la contaminación. Considera que Minera Alumbrera actuó con negligencia al construirlo y presenta una serie de estudios científicos para probar sus aseveraciones. Entre ellos se destacan el del ingeniero Oscar Nieva, el de Ana Gabriela Factor y Jon Megiardi y el de la Comisión Nacional de Energía Atómica, realizado a solicitud del bloque de diputados del PJ.

En base a estas investigaciones, los abogados estiman que está probada la existencia de "una conexión hidráulica entre el dique de colas y la cuenca del Vis-Vis - Amanao". "Los tóxicos pasan desde el yacimiento al río, prueba de ello es el nivel de sulfato" detectado por los análisis, dicen los letrados.

En Tucumán también denuncian: -
Alperovich aseguró que está dispuesto a adoptar medidas drásticas contra la empresa Minera Alumbrera Limitada a causa del daño ambiental que le produjo a Tucumán.
- GOBIERNO TUCUMANO INTIMO A UN YACIMIENTO POR DAÑO AMBIENTAL: el gobernador José Alperovich le dio un plazo de quince días a la firma Minera Alumbrera Limitada para resarcir económicamente a la provincia por cometer un presunto daño al medio ambiente.
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Posible juicio del PE a la Minera Alumbrera Ltd. El Ejecutivo demanda una indemnización. “El perjuicio ambiental está comprobado y aceptado”, dijo el fiscal de Estado, Antonio Estofán.
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(27 de Julio de 2004) Minera Alumbrera confía en que el PE garantizará la seguridad jurídica
Las posiciones entre Minera Alumbrera y el gobierno de la provincia muestran un agrietamiento cada vez mayor, en torno del impacto ambiental ocasionado en la selva tucumana con la instalación del electroducto.El dique

El dique de colas, sostienen los demandantes, "fue emplazado sobre un terreno altamente fisurado, con fracturas y fallas geológicas, algunas de carácter regional, es decir, altamente permeable". "No obstante la exigencia del Informe de Impacto Ambiental y la misma actividad minera, que requiere que ese dique sea totalmente impermeable - ya que contiene desechos capaces de producir solubles contaminantes de esa actividad - la demandada jamás permeabilizó dicho dique", aseguran los abogados de Casas y Flores.

Por las filtraciones, la empresa construyó una estación de retrobombeo para devolver el material al dique, pero a criterio de los demandantes su acción es insuficiente, y además cesará una vez que la explotación concluya. La inclusión de los estudios científicos, muchos de los cuales fueron difundidos por este diario, tiene por objeto desvirtuar los análisis realizados a instancias de Minera Alumbrera. "Ninguna de las modelaciones efectuadas por diferentes consultoras responden ni se aproximan a la realidad. Ninguna de las modelaciones tuvo en cuenta un aspecto integral del área de la mina", sostienen los abogados.

Críticas a De la Barrera

Los cuestionamientos por la contaminación que produciría la explotación del yacimiento Bajo La Alumbrera no son nuevos. Pese a las recurrentes negativas de la firma en este sentido, periódicamente surgen estudios que dan cuenta del incremento de los niveles de sulfato y otros elementos contaminantes.

El diputado nacional Guillermo de la Barrera recibió duras críticas porque aseguró hace dos semanas, después de realizar una visita a la mina en compañía de los integrantes de la comisión de Minería de la Cámara Baja, entre los que estaba su par justicialista Néstor Cerezo, que Minera Alumbrera "no contamina". Estas manifestaciones le valieron el repudio de las fuerzas vivas andalgalenses y belichas, además de los de la oposición provincial.

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MÁS NOTAS

Nota en Clarín del lunes 7 de diciembre de 1998: Denuncian que una mina perjudica el medio ambiente
La cañería para extraer oro, plata y cobre suele taponar ríos e interrumpe el tránsito en la ruta 35· Los pobladores reclaman que la empresa los provea de agua potable, como había acordado con la provincia. "El agua de los ríos viene con un color turbio, es intomable y nuestros caballos, vacas, cabras y ovejas adelgazan y se mueren después de beberla. Además, los residuos de la mina están secando la vegetación, que tiene añosos nogales", se quejaron los pequeños ganaderos pobladores de Vis Vis y Amanao, en el departamento Andalgalá.
Por LUIS GUILLERMO MERCADO

Mucho mas que Oro y Plata

Cuando uno habla, o escucha hablar de mineria, surge la idea de las típicas minas popularizadas por el cine y la television. Aquellos peligrosos socavones, en el interior de la montaña, donde los mineros se metian a buscar las riquezas que se extraian de las entrañas de la tierra. ¿ y cuales eran esas riquezas,? Oro Plata, Cobre, tal vez carbon mineral.
Por estos tiempos la realidad es muy diferente, ya casi no existen aquellos socavones o tienen otras condiciones, la extraciones se hacen a cielo abierto, en la herida de la montaña dinamitada, el cerro volado por las aires con poderosos explosivos, millones de toneladas de suelo haciendose polvo en el espacio y millones de litros de agua para formar los barros de sedimentacion que se colectan y son sacados del país, esta forma de extraer los minerales resulta " mas eficiente" desde el punto de vista económico, pero es mucho mas agresivo con el medio ambiente que el antiguo método, que es considerado por las grandes corporaciones mineras, ineficiente y antieconómico.
Como insumo fundamental de este tipo de extracion esta el agua que es utilizada en miles de millones de litros diarios y que ademas esa agua es contaminada con los elementos que ayudan la extraccion, arsénico o cianuro. No solo son envenenados millones de litros de agua que no se pueden utilizar, sino que además, ese veneno termina por contaminar las napas profundas del suelo provocando un daño irreparable e inutilizando inmensas cantidades de agua subterraneas y de suelos de cultivo.
Una cuestion adicional que nunca se dice sobre la explotacion minera es que se ha convertido en otra via de agravio a la soberania politica y profundización de la dependencia tecnológica.
Resulta que junto a los metales tradicionales que se venden en el mercado como ser Oro Plata Cobre, esta forma de extraccion antes mencionada permite la recuperacion de elementos que se encuentran en la naturaleza en cantidades vestigiales y que son imprescindibles en la aplicacion de tecnlogias de punta, por ejemplo en computadoras, celulares, dispositivos de control remoto, armas de ultima generación.
la apropiacion de las mineras extranjeras de esos elementos vestigiales pero fundamentales para el desarrollo de nuevas lineas de investigación cientifica,. condena a nuestro País al atraso tecnologico y termina profundizando la mas peligrosa de las desigualdes que se dan en el mundo actual, la desigualdad en la capacidad de producir conocimiento. esto es un círculo vicioso que finalmente provoca un mayor atraso en la carrera del conocimiento y la perdida de materiales vitales que por su caracter de vestgiales provocaran que en un futuro cercano tengamos graves consecuencias sociales y economicas por su escasez

lunes, 11 de agosto de 2008

un pueblo contra el veneno de las mineras

El piquete más alto del mundo cumplió un año

Famatina no se toca Relacionado:


Desde hace un año, el piquete más alto del mundo impide a los miembros de la multinacional Barrick Gold que lleguen a su campamento del Proyecto Famatina.

Desafiando los 1.800 metros de altura y las temperaturas bajo cero, los autoconvocados riojanos se convirtieron en los principales garantes del cumplimiento de las leyes provinciales que prohíben la explotación minera a cielo abierto con materiales contaminantes.

El sábado pasado, conmemorando el primer aniversario del corte de Peñas Negras, las asambleas de Chilecito, Famatina, Pituil y La Rioja cortaron el cruce de Patquia, a 80 kilómetros de la ciudad de La Rioja. Se trata de un lugar neurálgico: allí se unen las rutas 38 y 40 y es paso fundamental para aquellos que se dirigen a San Juan, Córdoba y gran parte de La Rioja.

Los asambleístas que allí se convocaron denunciaron la falta de cumplimiento de las leyes provinciales 8137, 8138 y 8139, todas dictadas por la legislatura riojana en 2007. Las normativas prohíben taxativamente la explotación minera a cielo abierto con usos de sustancias contaminantes, establecen el mecanismo de la consulta popular para que los habitantes de Famatina y Chilecito se expidan sobre la aceptación o el rechazo de este tipo de industrias en su territorio y también ordenan la creación de una comisión investigadora del sospechoso contrato firmado por Yacimientos Mineros Riojanos (YAMIRI) y la minera multinacional Barrick Gold, mediante el cual se otorgaron los derechos de exploración y explotación del denominado Proyecto Famatina.

“El gobernador Luis Beder Herrera cambió de discurso. Al principio apoyó nuestra lucha, decía que había que proteger el agua y los recursos naturales. Pero después de las elecciones se olvidó de lo que decía. Hace poco anunció en San Juan que La Rioja se convertirá en una provincia minera. Todos las declaraciones que hace en esta dirección las formula fuera de nuestro territorio, acá no se atreve porque sabe que más del 90 por ciento de la población está en desacuerdo. Hicimos un trabajo muy fuerte y hoy hay un movimiento social muy importante que se opone a este tipo de actividad”, asegura Gabriela Romero, una de las asambleístas de primera hora.

Romero denuncia que si bien actualmente no hay explotaciones a cielo abierto en la provincia, sí hay exploraciones. “Nadie explora si no va a explotar –reflexiona-. El gobierno empezó a trabajar para conseguir derogar las leyes que el mismo gobernador había propuesto. Desde hace un año que venimos pidiendo audiencias con todos los funcionarios y ninguno quiere dialogar con nosotros. Las radios, los diarios y la televisión minimizan nuestras acciones y ya no publican nuestros comunicados. Ahora son todos oficialistas”.

Hace unos días, los asambleístas riojanos pidieron infructuosamente información sobre un camión que cayó a un precipicio en la zona de Vinchina –al oeste de la provincia, casi en el límite con Chile- y que realizaba un servicio de transporte para la empresa La Minera. Sospechan que llevaba materiales para un nuevo camino que la Barrick Gold estaría construyendo para eludir el piquete y llegar a su campamento: “Sabemos que la Barrick contrató un servicio de catering, vemos operar helicópteros y también sabemos que se vendieron miles de hectáreas en la zona. Después terminan haciendo caminos en fincas privadas y, entonces, no podés acceder”. A través de este nuevo camino –dicen los asambleístas- la minera podría ingresar a los proyectos de extracción del Cordón del Famatina.

“Siento mucha bronca de ver a nuestros gobernantes tan necios y tan hipócritas. Cada vez están más lejos de nosotros. Nos subestiman, dicen que somos ´antitodo´, que nos oponemos al progreso, que en los países desarrollados hay mineras. Pero alcanza con ver nuestra historia para saber que nos tenemos que defendernos: desde la época de los pueblos originarios no vienen saqueando nuestros recursos”.

Romero es docente de historia y carece de un pasado con militancia partidaria o sindical. “Siempre me interesaron los problemas sociales, pero no me gustaban las estructuras jerárquicas, donde todos terminan respondiendo a un cabecilla. En las asambleas riojanas es distinto, todo es horizontal. Así es más difícil comprar a los dirigentes, si algún funcionario quiere hablar con nosotros tiene que venir a la asamblea”, explica y subraya: “Esta es la experiencia más fuerte de mi vida. No se puede ser balconero de la realidad. Uno debe salir, luchar, comprometerse. Con sus acciones u omisiones un pueblo escribe su destino, es el verdadero protagonista de la historia.”

Sin dudas, para Romero el máximo éxito de Asambleas Riojanos es haber sostenido el corte por un año y haber obligado a la Barrick Gold a levantar el campamento del Famatina. Desde hace un año, cincuenta vecinos realizan turnos rotativos de dos o tres horas para sostener el corte en Peñas Negras, a ellos se les suman otros habitantes de la zona que participan ocasionalmente de las manifestaciones, así como también un importante número de interesados en conocer la experiencia de las asambleas riojanas, que se acercan a conocer la historia y participar de las acciones. “No es fácil, no bien empezamos comenzó el invierno. Y no es algo sencillo, a 1.800 metros de altura: llegamos a pasar diez grados bajo cero, se hace sentir. Pero esas condiciones adversas sirvieron para fortalecer al grupo. La empresa no subió y demostramos que cuando el pueblo quiere, puede”, manifiesta Romero.

La resistencia a los emprendimientos mineros ya lleva dos años en La Rioja. El 8 de mayo de 2006, los vecinos de Famatina comenzaron a reunirse alarmados por la sensación de que su pueblo quedaría a merced del cianuro y del saqueo ambiental. Los cordones montañosos abastecen de agua a todos los pueblos cordilleranos y el boom de la explotación minera amenazaba con secar la zona, por su excesiva demanda de agua en el proceso productivo, y contaminar lo poco que quedaba con cianuro, arsénico, ácido sulfúrico, bromo y cromo, entre otros componentes. La información de los riesgos comenzó a diseminarse por toda la provincia y las asambleas ciudadanas se fueron multiplicando por toda la provincia: nacieron agrupaciones ciudadanas en Chilecito, Pihuil, Chañarmuyo, Los Sauces. Hoy todas trabajan en conjunto bajo el nombre de Asambleas Riojanas y todas celebraron el primer aniversario del piquete más alto del mundo.

publicada 12/03/2008 fuente: www.lavaca.org
OLCA: Observatorio Latinoamercano de Conflictos Ambientales

domingo, 10 de agosto de 2008

Ley 24.228 Acuerdo Federal Minero

LEY 24.228



Ley N° 24.228
Ratifícase el "Acuerdo Federal Minero".


Sancionada: Julio 7 de 1993.

Promulgada: Julio 26 de 1993.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:



ACUERDO FEDERAL MINERO



ARTICULO 1° - Ratifícase, en lo que es materia de competencia del Congreso Nacional el "Acuerdo Federal Minero", suscripto el 6 de mayo de 1993 entre el Poder Ejecutivo Nacional y los señores Gobernadores de las provincias, y que como Anexo I forma parte integrante de la presente.



ARTICULO 2° - A los efectos de la ratificación a que se refiere el artículo anterior téngase por modificados, con ese solo alcance y en los términos que establecen las cláusulas primera y segunda del Acuerdo, los Títulos XVIII y XIX del Código de Minería.



ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. - ALBERTO R. PIERRI. - EDUARDO MENEM. - Esther Pereyra Arandía de Pérez Pardo. - Edgardo Piuzzi.


DADA LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑOMIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.
ACUERDO FEDERAL MINERO
En la ciudad de Buenos Aires a los seis días del mes de mayo de 1993 se reúne el señor Presidente de la Nación Argentina, Dr. Carlos Saúl Menem; los señores Gobernadores de las Provincias: de Buenos Aires, Dr. Eduardo Duhalde; de Catamarca, Dn. Arnoldo Castillo; de Chaco, Dn. Rodolfo J. Tauguinas; de Chubut, Dr. Carlos Maestro; de Córdoba, Dr. Eduardo C. Angeloz; de Entre Ríos, Cdor. Mario A. Moíne; de Formosa, Dn. Vicente Joga; de Jujuy, Dr. Roberto Domínguez; de La Pampa, Dr. Rubén H. Marín; de La Rioja, Dn. Bernabé J. Arnaudo; de Mendoza, Lic. Rodolfo Gabrielli; de Misiones, Ing. Federico r. Puerta; de Neuquén, D. Jorge Sobisch; de Rio Negro, Dr. Horacio Massaccesi; de Salta, Dr. Roberto Ulloa; de San Juan, Dr. Juan Carlos Rojas; de San Luis, Dr. Adolfo Rodríguez Saa; de Santa Cruz, Dr. Néstor Kirchner, de Santa Fe, Dn. Carlos A. Reutemann; de Santiago del Estero, Dn. Carlos A. Mujica; de Tierra del Fuego, Dn. José A. Estabillo; de Tucumán, Dn. Ramón Ortega; el señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, de Corrientes, Ing. Bernardo Laurel; el señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, Dr. Domingo Felipe Cavallo; el señor Ministro del Interior, Dr. Gustavo Osvaldo Béliz; el señor Secretario de Mineria, Dr. Angel Eduardo Maza y el señor Secretario General del Consejo Federal de Inversiones, Ing. Juan José Ciácera; a los efectos de desarrollar acciones concurrentes a la consecución de los siguientes objetivos:
Propiciar el aprovechamiento racional e integral de los recursos mineros en el territorio Nacional.
Promover el desarrollo sectorial consensuando medidas necesarias para atraer inversiones nacionales y extranjeras.
Afianzar el Federalismo en cuanto al papel que desarrollan los Gobiernos Provinciales como administradores del patrimonio Minero de sus respectivos Estados.
Realizar en forma conjunta acciones destinadas a promover las oportunidades de inversión en la Minería Argentina.
Profundizar el proceso de descentralización como modelo para la prestación de las funciones básicas del Estado.
Proteger el medio ambiente a través de una racional actividad productiva.
Aplicar con criterios actualizados la legislación vigente y armonizar normas de procedimientos, teniendo en cuenta las características propias de cada región.
Optimizar el aprovechamiento de los recursos humanos, económicos y de infraestructura de las instituciones mineras nacionales y provinciales.



EN TAL SENTIDO SE ACUERDA:



PRIMERA: El Estado Nacional reconoce a las Provincias la facultad de aplicar en su ámbito el concurso público reglado en el Título XIX del Código de Minería, sin perjuicio de los convenios que se celebren con la Nación en los términos establecidos en el mismo Título. El Poder Ejecutivo de cada provincia podrá, previo cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula 23 del presente Acuerdo, llamar a concurso para la exploración y explotación a gran escala de las sustancias a que se refiere el Artículo 412 del Código de Minería. ( violatorio de la constitución nacional que establece que esa es facultad del gobierno nacional y del congreso de la nacion)



SEGUNDA: En relación al procedimiento de la subasta pública de las minas descubiertas en la zona de protección que determina el Título XVIII del Código de Minería se aclara que en él se comprende toda modalidad de Oferta Pública de las minas que conduzca a su transferencia a la actividad privada.



TERCERA: Las partes firmantes reconocen, sin que ello afecte las relaciones jurídicas existentes a la fecha de la firma del presente Acuerdo, que las zonas de protección a que se refiere el Título XVIII del Código de Minería, no podrán ser renovadas ni por los Gobiernos, ni por las entidades Estatales que menciona el mismo. Las Empresas Provinciales, Estatales o Mixtas del área de minería no tendrán privilegio alguno en relación con las empresas del sector Privado.



CUARTA: Las Provincias promoverán la captación de inversiones mineras en el exterior coordinadamente con la Secretaría de Minería de la Nación.



QUINTA: Las Provincias armonizarán sus Procedimientos Mineros con el fin de lograr lineamientos básicos comunes en todo el país, partiendo del principio del impulso procesal de oficio y el establecimiento de términos perentorios e improrrogables.



SEXTA: A los efectos de asegurar una debida publicidad e igualdad de oportunidades para

la oferta de minas caducas en los términos de los artículos 273 bis y 281 del Código de Minería, las autoridades mineras dispondrán la oferta pública de las minas anunciando su vacancia con la debida anticipación y publicación en el Boletín Oficial de sus jurisdicciones sin perjuicio de otras formas de publicidad que éstas determinen.



SEPTIMA: Ninguna ley o disposición de cualquier carácter dictada por la Nación, las Provincias o las Municipalidades, podrá contradecir los términos del Artículo 270 del Código de Minería en lo que respecta a la exención fiscal aplicable a la actividad minera.


OCTAVA: La Nación y las Provincias desarrollarán mancomunadamente acciones para organizar y mantener actualizado el Catastro Minero tanto en lo que respecta a la información contenida como en las tecnologías a aplicar para su elaboración y consulta.



NOVENA: Las Provincias propiciarán la eliminación de aquellos gravámenes y tasas municipales que afecten directamente a la actividad minera.

DECIMA: En correspondencia con las medidas adoptadas por la Nación, las Provincias propiciarán la eliminación del impuesto de sellos para todos aquellos actos jurídicos relacionados con la prospección, exploración, explotación y beneficio de sustancias minerales, con excepción de los hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos.
( Vemos en los dos artículos anteriores las excepcionales condiciones de beneficios impositivos que tienen las mineras)


DECIMA PRIMERA: El Estado Nacional y las Provincias tomarán las medidas necesarias para evitar distorsiones en las tarifas de energía eléctrica, gas, combustibles y transporte que pudieran afectar a la actividad minera.

( vemos como también se los protege por el costo de la energia, puntualmente esto significa que hoy el estado nacional subsidia con dinero de todos los argentinos las actividades de las megaempresas que explotan las minas )

DECIMA SEGUNDA: Las Provincias tomarán las medidas correspondientes para eliminar las restricciones que pudieran existir para que los organismos mineros de las respectivas jurisdicciones puedan desarrollar acciones conjuntas o facilitarse personal, infraestructura y equipamiento minero.



DECIMA TERCERA: Con el objeto de sostener y desarrollar un significativo sector de la pequeña y mediana empresa, el Estado Nacional y las Provincias se comprometen a propiciar y promocionar el uso de las rocas ornamentales y minerales industriales en las obras públicas y planes de vivienda en sus respectivas jurisdicciones, cualquiera fuera su procedencia dentro del Territorio Nacional.



DECIMA CUARTA: En correspondencia a la importancia que reviste la protección del medio ambiente se establece:
a. - La necesidad de cumplimentar, tanto para la actividad pública como privada, una declaración de impacto ambiental para las tareas de prospección, exploración, explotación, industrialización, almacenamiento, transporte y comercialización de minerales.

b. - Implementar nuevas formas de fomento, como las especificadas en el artículo 22 de la Ley de Inversiones Mineras, a los emprendimientos que favorezcan al medio ambiente como la forestación de áreas mineras.
c. - Destinar fondos para la investigación que lleve a un mayor desarrollo tecnológico y social en proyectos vinculados a la conservación del medio ambiente en la actividad minera.



DECIMO QUINTA: La Nación y las Provincias establecerán un sistema de información sobre aspectos tecnológicos y de investigación que permita una adecuada coordinación de las acciones que desarrollarán las distintas entidades y organismos relacionados con el sector minero en el Territorio Nacional.


DECIMO SEXTA: La mensura de las minas deberá obligatoriamente efectuarse en los plazos perentorios que establecen los Códigos de Procedimientos Mineros vigentes en las Provincias, o en su defecto las normas dictadas por las autoridades competentes provinciales, considerándose desistidos los derechos en trámite cuando esa diligencia no fuere ejecutada en término.



DECIMO SEPTIMA: La norma para la anulación de registros de las minas vacantes sin mensura aprobada establecida en el último apartado del Artículo 274 del Código de Minería será de aplicación anual.



DECIMO OCTAVA: En forma también anual se procederá a la subasta de las minas caducas por falta de pago del Canon Minero, reduciéndose los costos del procedimiento.



DECIMO NOVENA: Se verificará en los plazos legales establecidos las inversiones de Activo Fijo dispuestas en el Artículo 273 del Código de Minería.



VIGESIMA: Se adoptará un sistema a cargo de los interesado s que satisfaga el pago de los gastos originados por las inspecciones mineras para la verificación de las obligaciones legales hasta la concesión. La falta de atención de esos gastos será juzgada como incumplimiento de la obligación a verificar.



VIGESIMA PRIMERA: Se fortalecerán asimismo las acciones de Policía Minera en las Provincias para un adecuado cumplimiento de las reglamentaciones vigentes.



VIGESIMA SEGUNDA: El Consejo Federal de Inversiones cumplirá tareas de organismo consultivo en materia de desarrollo regional, protección ambiental y aspectos tributarios provinciales relacionados con este Convenio.



VIGESIMA TERCERA: El presente Acuerdo será comunicado al Honorable Congreso de la Nación para su conocimiento y ratificación en cuanto sea materia de su competencia. La Nación y las Provincias se comprometen a poner en vigencia en forma inmediata las medidas y acciones acordadas, a través del Poder Ejecutivo Nacional y los Gobiernos Provinciales, luego de la correspondiente adhesión conforme a las disposiciones legales establecidas.



RESERVAS AL ACUERDO FEDERAL MINERO POR LAS SIGUIENTES PROVINCIAS



I - La Provincia de LA PAMPA hace expresa reserva en cuanto a las normas tributarias contenidas en el presente convenio en razón de poseer su propio régimen de promoción de la actividad minera (Ley provincial N 928).
II - Reserva de la Provincia de Santa Cruz que solicita se incluya en la cláusula décima el siguiente texto: "Para ello utilizarán el Procedimiento de 'exención cualificada' consistente en un exhaustivo análisis de cada proyecto de inversión en particular, en la forma y modo en que se establezca legislativamente en cada Provincia".
III - Reserva de la Provincia de Santa Fe que solicita se incluyan modificaciones a las cláusulas novena, décima y vigésima tercera. Para la cláusula novena, sugiere que: " Las provincias invitarán a considerar tratamientos preferenciales para la actividad minera a los gobiernos Municipales y/o comunales". Para la cláusula décima, sugiere: en lugar de "...propiciarán..." debe decir: "... considerarán la reducción o eliminación...". Para la cláusula vigésima tercera, luego de "... establecida..." debe agregarse "... y la ratificación por parte de las Honorables Legislaturas Provinciales cuando así lo dispongan sus Constituciones...".



Decreto 1591/93
Bs. As., 26/7/93
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 24.228, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM. - Domingo F. Cavallo.

el marco juridico de la mineria

La mineria es una actividad que en nuestro pais estubo muy retrasada hasta la decada del 90, cuando bajo la presidencia de Carlos Menem , tuvo un desarrollo espectacular.
Por entonces no existia mucho mas legislación al respecto que el viejo código minero que para ese entonces ya contaba con un siglo de antigüedad.
Con la impronta del gobierno de Menen, en esos años aparece toda la legislación que hoy regula la actividad. Desde la modificación del código minero hasta el pacto federal minero, un conglomerado de leyes y demas normas que no dejan de sorprender por su benevolencia a hacia las empresas explotadoras del área, que es una de las mas sensibles, desde el punto de vista de la problemática ambiental.
Pero dejemos que los expertos hablen del tema a través de sus ponencias públicas

¿ Existe una mineria posible en Argentina ?

¿Existe una minería posible en Argentina?

Por: Javier Rodríguez Pardo

La existencia de recursos minerales con un cierto grado de concentración natural en el planeta ha sufrido una disminución cuantitativa y cualitativa de inmensa magnitud. En el año 1900, Estados Unidos extraía minerales de cobre con una ley promedio del 5%, que en la actualidad es inferior al 0,4%; diferencia abismal que indica la escasez del 'recurso'. Este ejemplo se repite en casi todas las geografías y tipos de minerales.

Los minerales remanentes se encuentran en estado de diseminación en la naturaleza y en partículas ínfimas dispersas en las rocas montañosas, razón p or la cual es imposible extraerlos por los métodos y tecnologías de la minería tradicional. En su reemplazo, la industria minera ideó un método extractivo acorde a las nuevas condiciones: detecta por satélite aquellos sitios o yacimientos donde existe mayor concentración relativa de minerales, generalmente polimetálicos y diseminados en extensiones kilométricas. Para apropiarse de los minerales y concentrarlos, la minera debe primero producir la voladura de extraordinarias cantidades de suelo, montañas enteras que son convertidas primero en rocas y luego trituradas hasta alcanzar medidas ínfimas, para posteriormente aplicársele una sopa de sustancias químicas licuadas con gigantescas cantidades de agua, que logran separar y capturar los metales del resto de la roca. Las sustancias químicas empleadas son cianuro, mercurio, ácido sulfúrico y otras sustancias tóxicas, acumulativas y persistentes, de alto impacto en la salud de las personas y el medio ambiente. La remoción de montañas enteras genera a su vez la movilización de otras tantas sustancias que entran en contacto con el aire, provocando nubes de polvo que viajan a distancias kilométricas. De esta manera, la combinación de las industrias minera y química posibilitan que la extracción de minerales de baja ley signifique un buen negocio. En el camino aparecen todos los metales pesados propios de la actividad que se realiza, tales como plomo, mercurio, zinc, cadmio, cobre, uranio, entre muchos otros; además de metaloides, como el arsénico, que se movilizan por la acción de soluciones de cianuro y de ácidos como el sulfúrico y el nítrico.

Las empresas transnacionales que se dedican a la extracción -beneficiadas con leyes que las excluyen del rigor impositivo vigente- también exigen a los gobiernos la provisión de energía subsidiada, porque cuanto más baja es la ley de los minerales, mayor es el consumo y el costo de la energía. Si las empresas pagaran por todos los insumos realmente empleados, costaría más la extracción de los minerales que su valor en el mercado.

Minera La Alumbrera, paisaje de Catamarca sin un solo color de verde;ni un pueblito aquí, ni otro más allá...

Agua y energía

Existen dos insumos imprescindibles para este sistema de extracción a cielo abierto: la energía y el agua. Cualquier emprendimiento estándar debe utilizar un metro cúbico de agua por segundo, noche y día, durante décadas, desde el inicio hasta el cierre del complejo minero. Mezclada con la sopa química y aplicada a la roca triturada, produce montañas de estériles contaminados que emanan tóxicos hacia las aguas superficiales y subterráneas a veces muchos años después de cerrada la mina. El siguiente ejemplo es categórico: un anillo de oro produce 20 toneladas de escombros.

Hasta ahora, el 80% de los cateos, prospecciones y explotaciones mineras se llevan a cabo en la Cordillera de los Andes, precordillera y estribaciones. Esta geografía es la fábrica del agua, el hábitat de los ecosistemas que permiten la actividad y la vida aguas abajo, en las grandes cuencas del Pacífico y del Atlántico, con vegas y humedales a 4000 y 5000 metros de altura. Una cordillera con glaciares seculares, mayormente de roca, permafrost, e innumerables cuerpos de hielo. La fragilidad de la cordillera se halla a la vista: respira, se agita; miles de sismos diarios conmueven su geografía, algunos imperceptibles. No hay minero ni geólogo consciente que no se llame a silencio cuando se mencionan estas circunstancias; y admiten que la minería en las altas cumbres no se debe practicar: el agua vale más que el oro. Actividades productivas como la vitivinicultura, frutales, olivares, cebollas y ajos, frutas finas, y servicios de gran importancia como el turismo, se ven amenazados tanto como la salud de los habitantes y la subsistencia de las pequeñas economías familiares y comunidades ancestrales. La minería a cielo abierto va secando las fuentes de vida de poblaciones enteras.

En cuanto a la energía, pocos ejemplos alcanzan para ilustrar el faraónico impacto de estos emprendimientos en el sistema energético nacional: el complejo minero de Veladero-Penélope y Pascua Lama, de la multinacional Barrick Gold, para la obtención de oro, plata, cobre, mercurio y molibdeno, entre otros minerales, requiere íntegramente la energía que suministra la central núcleo eléctrica de Atucha (más de 300 MW de potencia instalada). Por su parte, el emprendimiento minero Bajo La Alumbrera representa el 86% del consumo de los grandes usuarios mayoristas de energía de la Provincia de Catamarca (fuente: Mercado Eléctrico Mayorista). Hidroeléctrica el Chocón S.A. le provee directamente la energía; en el año 2003, le vendió 482 GWh (fuente: Informe Endesa, 2004).

Para regar kilométricas extensiones de lixiviado, el agua se moviliza con tanta energ ía como los mineroductos. Mediante un fideicomiso se logró la financiación del tendido de una línea eléctrica de 500 kilovoltios -conocida como 'línea en 500 Kv'- que une la Provincia de Mendoza con la de Tucumán. En el trayecto salen extensiones directamente a los enclaves mineros de Veladero, Pascua Lama, Pachón y Casposo en San Juan; y Bajo La Alumbrera y Agua Rica en Catamarca, por citar algunos ejemplos. En la Provincia de San Juan, los pobladores pagan en la boleta del servicio eléctrico el 50% del valor de la instalación de la línea de energía minera, mientras que el otro 50% es afrontado por el resto de los habitantes del país. Este subsidio para la industria de la minería no es más que una exigencia de las transnacionales para radicarse e 'invertir en la explotación minera' debido a que necesitan contar con energía en yacimientos remotos.

Estos son sólo algunos de los impactos y consecuencias. No queremos parecer apocalípticos ni cansar al lector con informaciones que hoy en día han ganado la agenda pública y que seguramente se incrementarán, aún cuando se pongan en circulación millonarias campañas que procuren comprar el ocultamiento y el favor clientelar de sectores desinformados o desesperados, al tiempo de desprestigiar a las voces ciudadanas y críticas. Pero las comunidades afectadas en su salud, su vida, su cultura y sus actividades e intereses productivos, se vienen movilizando de una manera creciente, de norte a sur de nuestro país y en los países vecinos.

Entonces, cómo, dónde y cuándo

Mientras prevalezca el sentido común, la conclusión es contundente acerca de dónde no debe practicarse esta minería. Faltan las otras: ¿debemos, podemos? Si se trata del metal oro parece razonable la prescindencia. El 85% termina en los escaparates de las joyerías. Sólo el 3% se utiliza en la industria y el resto concluye en las bóvedas de los bancos. La improductividad social de este metal queda manifiesta, sobre todo si para obtenerlo es preciso destruir los ecosistemas.

Las llamadas 'tierras raras' son demandadas por los países centrales para desarrollar tecnologías de punta en torno de los superconductores y acumuladores de energía. Su valor supera los 10.000 dólares la tonelada. Con ese fin, estos minerales son llevados gratuitamente, acompañando al concentrado de cobre y a otras explotaciones, porque 'no existe aquí capacidad ni tecnología para la investigación', muletilla frecuente de los funcionarios del área. Ocurre igual con el renio y el molibdeno. El primero abunda en el suelo argentino, en el orden de 10 a 20 partes por millón y es muy requerido, sobre todo, porque en Estados Unidos está prácticamente agotado. El molibdeno, que se halla adosado al uranio o al cobre, vale entre 6 y 10 veces más que el metal motivo de la extracción y no se paga por él.

Posiblemente con otra legislación, en o tra escala y con un método extractivo -aún por descubrir- ecológicamente apto para obtener minerales de ley cada vez más baja, será posible una minería sustentable, que no deje como saldo un país depredado. Generar un desarrollo sostenible en cualquier país latinoamericano con la lógica que actualmente aplican las transnacionales es tan ilógico como utópico. Lo único que se logra es arrasar comunidades, privándolas de la posibilidad de generar un desarrollo local. En este contexto, la respuesta investigada, medida y reflexiva, es tajante: es posible otra minería pero sin la rentabilidad exigida por las transnacionales.

El concepto de desarrollo sostenible, en cambio, requiere pensar en el futuro, para lo cual es imprescindible estudiar las necesidades y demandas del presente, las capacidades existentes y planificar una estrategia para satisfacerlas sin perjudicar el ecosistema. En esta línea de pensamiento, la práctica de la minería a escala de un país que utiliza los bienes comunes para su desarrollo recorre otro camino. Del análisis surgirán algunas preguntas: ¿qué minerales metalíferos se necesitan? ¿En qué cantidad? ¿De dónde y cómo se extraen? Cuestionario inevitable que apunta a cualquier desarrollo sostenible y que al mismo tiempo se acerca a la respuesta para alcanzar una minería posible.

tribulaciones de los mineros

Durante cuatro meses el pais estubo al borde de un colapso a consecuencia de un conflicto planteado entre el gobierno nacional y el sector agropecueario, al menos aquel sector que esta comprendido en las organizaciones tradicionales.
Sin pretender volver sobre un tema que tanto dio que hablar y que llego a hartar a gran parte de los argentinos, resulta interesante analizar que pasa con otro sector importante, de la actividad productiva del pais y al cual se puede comparar de alguna manera con el sector agropecuario. Este sector es el de la mineria.
trataremos desde este espacio entender cual es el fenomeno de esta actividad que tanto esta dando que hablar, para ello nos serviremos de gran cantidad de material que se puede encontrar, tanto en internet como en las notas que muy frecuentemente se publican en los distintos medios del pais, ya sea como informacion de las redacciones del medio como asi tambien a traves de notas escritas por prestigiosos entendidos en la materia.
en este analisis trataremos de definir las caracteristicas de la produccion minera, las condiciones en que se realiza cual es el costo que tiene desde el punto de vista ambiental, cual es la legislacion vigente, quienes son los actores principales de esa actividad y un cumulo de cuestiones que pretenden entender por que las actividades mineras recogen tanta oposición de los pobladores donde se instala y porque necesita de manejos tan poco claros para obtener el marco juridico regulatorio para funcionar.
No resultaria demasiado aventurado adelantar que esta es una de las activides con mayor tendencia a la corrupción y la degradación institucional y personal.